VERI*FACTU 2027: basta de...a prórroga

Última revisión
14/09/2026

VERI*FACTU 2027: basta de bandazos. Tu despacho no puede vivir pendiente de otra prórroga

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Tiempo de lectura: 5 min

Autor: Marketing Sudespacho

Materia: gestion empresarial

Fecha: 14/09/2026

Resumen:

Los cambios de calendario alimentan la incertidumbre entre asesorías, empresas y autónomos. Pero confiar en otro aplazamiento puede dejar tu despacho sin margen para prepararse. Esto es lo que dice la normativa y lo que conviene hacer ahora.


VERI*FACTU 2027: basta de bandazos. Tu despacho no puede vivir pendiente de otra prórroga

Preparas la adaptación. Informas a tus clientes. Organizas el trabajo. Y entonces llega otro cambio de fecha.

Con Verifactu, la pregunta resulta inevitable: ¿en 2027 se aplicará de verdad o volverán a retrasarlo?

Los despachos necesitan reglas claras para tomar decisiones, invertir en tecnología y asesorar con confianza. Cuando los plazos cambian, quien ya se ha preparado puede sentir que ha corrido para nada. Quien esperaba encuentra un motivo para seguir esperando.

Esa sensación de inseguridad tiene un coste: trabajo duplicado, decisiones paralizadas y clientes que dejan de tomar en serio el calendario.

Pero hay una distinción fundamental: una cosa es que pueda cambiar la normativa y otra que podamos gestionar un despacho dando por hecho que cambiará.

¿Qué está aprobado para 2027?

El Real Decreto-ley 15/2025 aplazó las fechas de adaptación obligatoria de los sistemas informáticos de facturación. El calendario establecido es el siguiente, siempre para los contribuyentes incluidos en el ámbito de aplicación:

Fecha de aplicaciónA quién corresponde
1 de enero de 2027Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades afectados.
1 de julio de 2027Resto de obligados afectados: autónomos y profesionales con actividades económicas, entidades en atribución de rentas y contribuyentes del IRNR con establecimiento permanente.

Estas son las fechas aprobadas por el Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE.

Conviene precisar dos cuestiones. El reglamento ya está en vigor; lo aplazado es la adaptación obligatoria de los usuarios. Además, existen exclusiones y particularidades: por ejemplo, los contribuyentes que llevan sus libros de IVA mediante el SII quedan fuera de este reglamento, y deben considerarse los regímenes forales. Por eso, clasificar a los afectados simplemente como “grandes empresas” y “autónomos” resulta insuficiente. Así lo recoge el Real Decreto 1007/2023.

¿Puede haber otra prórroga? Nadie puede garantizar lo contrario

Afirmar que “no habrá más retrasos” puede generar un titular contundente, pero supone prometer algo que ningún proveedor de software ni despacho puede asegurar.

2027 es el calendario legal vigente. No es una garantía de que nunca vaya a modificarse.

Una nueva prórroga necesitaría una nueva modificación normativa. Mientras eso no ocurra, la referencia para planificar debe ser la norma publicada, no la expectativa de otro cambio.

Los despachos tienen motivos para exigir estabilidad. Necesitan saber cuándo informar a sus clientes, cuándo formar a sus equipos y cuándo poner en marcha sus sistemas.

Esa exigencia es compatible con una decisión práctica: avanzar en la preparación.

El riesgo de esperar: que todos tus clientes necesiten ayuda a la vez

Para una asesoría, adaptar la facturación significa coordinar personas, procedimientos y herramientas.

Hay que identificar a los clientes afectados, revisar cómo facturan, comprobar las versiones de sus programas y resolver dudas sobre errores, rectificaciones y responsabilidades.

Si ese trabajo se concentra en las últimas semanas, competirá con cierres, impuestos y atención diaria.

Esperar otra prórroga es una apuesta que puede consumir el tiempo que tu despacho necesita.

Prepararse con antelación permite distribuir la carga, detectar problemas y explicar el cambio con calma. Si el calendario vuelve a modificarse, ese trabajo seguirá teniendo utilidad.

Qué cambia realmente en la facturación

Los sistemas afectados deberán garantizar la integridad, conservación y trazabilidad de los registros. Entre los requisitos figuran la generación de registros de facturación, su encadenamiento mediante huellas y la incorporación del QR en las facturas en los términos previstos. El encadenamiento corresponde a los registros, no a incluir los datos de la factura anterior en cada factura.

Además, VERI*FACTU es la modalidad que remite automáticamente los registros a la AEAT. El reglamento también contempla sistemas sin esa remisión continuada, sujetos a requisitos específicos. La obligación de adaptar el software no implica que todos deban elegir VERI*FACTU. Consulta el reglamento de sistemas informáticos de facturación.

Ni “homologación de Hacienda” ni multas automáticas por cualquier error

Al elegir una solución, conviene solicitar la declaración responsable del productor correspondiente al sistema y su versión. La AEAT explica que la certificación corresponde al productor mediante esa declaración; no se trata de una homologación previa de Hacienda. Véanse sus preguntas frecuentes sobre certificación.

También hay que hablar de sanciones con precisión. El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria prevé una multa fija de 50.000 euros por ejercicio para determinados supuestos de tenencia de sistemas sin la certificación exigible o de sistemas certificados que hayan sido alterados. No es una multa automática por cualquier incidencia de facturación. Su aplicación exige que concurran los requisitos de la infracción. Así lo establece la Ley General Tributaria.

Sudespacho.net: documentación y preparación frente a la incertidumbre

En Sudespacho.net ponemos a tu disposición nuestra declaración responsable y el histórico de versiones, donde puedes consultar la documentación publicada sobre el cumplimiento normativo del sistema identificado.

El siguiente paso es revisar qué solución y versión utiliza tu despacho, cómo afecta el calendario a tus clientes y qué necesitas para organizar la transición.

Contacta con nuestro equipo y prepara la adaptación de tu facturación con tiempo.

Tu despacho necesita certezas para trabajar. Mientras llegan de quien fija las fechas, hay una decisión que sí está en tus manos: llegar preparado.